CODI ANALYTICS:

La Sociedad Científica Española de Dietética y Nutrición SEDYN, fiel al compromiso de transparencia adquirido a través de su documento de misión, visión y valores, presentó en su I Jornada celebrada los días 10 y 11 de febrero de 2017 el Código Ético de Relaciones con las Empresas que regula este aspecto tan sensible.

La formación de los profesionales de la nutrición y dietética, de acuerdo a lo que regula la Orden CIN/730/2009, establece que éstos deben haber adquirido competencias que los vinculan al sector empresarial agroalimentario. Concretamente, establece en el apartado 3 de su anexo las competencias que los estudiantes deben adquirir, entre las que se encuentra la número 23: “Asesorar en el desarrollo, comercialización, etiquetado, comunicación y marketing de los productos alimenticios de acuerdo a las necesidades sociales, los conocimientos científicos y legislación vigente”. Por otra parte, en el Apartado 5 sobre la planificación de las enseñanzas, concreta que el módulo de Higiene, Seguridad alimentaria y Gestión de Calidad debe orientarse a la adquisición de las siguientes competencias “Asesorar científica y técnicamente sobre los productos alimenticios y el desarrollo de los mismos. Evaluar el cumplimiento de dicho asesoramiento” y “Participar en los equipos empresariales de marketing social, publicidad y alegaciones saludables”. Por lo tanto, es evidente que es deber de los profesionales de la nutrición y dietética servir mediante sus conocimientos y capacidades al bienestar de la población a través de los productos y servicios que las empresas del sector agroalimentario ofertan.

No contemplar este aspecto significaría no demostrar un desarrollo profesional completo y dejar el desarrollo de esta competencia tan importante de cara a la salud de la población, en manos de otros profesionales.

Sin embargo, conscientes de lo sensible del desarrollo de estas competencias debido a la posibilidad de existencia de conflictos de interés que sesguen su orientación o resultados y con el objetivo de evitarlos, SEDYN elaboró su Código Ético de Relaciones con las Empresas. El Código está basado tanto en la legislación vigente como en documentos regulatorios de entidades similares consideradas referente como EFAD o ICDA, y establece las bases de este tipo de relaciones. En este sentido puede considerarse uno de los documentos más completos al respecto ya que, a diferencia de otros documentos similares, además de establecer las bases de establecimiento de relaciones entre la Sociedad Científica y las empresas, las concreta o define, incluye los protocolos de actuación e incluye sistemas de garantía de su cumplimiento.

Sin duda, como en cualquier sistema de garantía de calidad, el punto de partida más importante es la ausencia de conflicto de interés económico directo por parte de los miembros de SEDYN que actúan desde la dirección (Junta Directiva), ya que la existencia de vinculación económica directa es per se, el primer y más comprometido conflicto de interés que pudiera existir en entidades de este tipo con respecto a su relación con las empresas.

Puedes consultar el Código Ético de Relaciones con las Empresas aquí.

 

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